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08 de Oct 2019

Actas y Estatutos

Acta 1499 - 8 de octubre de 2019

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes de octubre de 2019, siendo las 12:00 hrs., se reúnen en la sede de la Asociación, sita en Av. Las Heras 1983 1° piso de la Ciudad de Buenos Aires, el Consejo Directivo de la Asociación Criadores de Caballos Criollos (ACCC), bajo la Presidencia del Sr. Raul Etchebehere, con la presencia de los siguientes Consejeros titulares: Raul Etchebehere, Horacio España, Lucio Bellocq, Carlos Milicevic, Federico Argüelles, Leandro Decotto, Mario Gramisu, Claudio Garziera, Felipe Jose Ballester, Francisco Madero y Joaquin Gahan, para tratar el siguiente Orden del Día:

Constitución de Cámara 

El Sr. Raul Etchebehere declara abierta la sesión y manifiesta que la ACCC ha venido trabajando con otras empresas en la constitución de una Asociación Civil destinada a la representación de los integrantes de la industria equina. A tal fin, se torna necesario, lo que así mociona concretamente, la constitución de dicha Asociación Civil cuya denominación será “Cámara de Industria Equina”, la cual tendrá su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El objeto social de la asociación civil será el de:
a) fomentar y coordinar el desarrollo de la industria equina de las diferentes razas caballares en el ámbito nacional y asociar en su seno a las asociaciones de criadores de las diferentes razas caballares de la República Argentina.
b) fomentar la actividad hípica y el deporte ecuestre en cualquiera de sus formas en el ámbito nacional y asociar en su seno a las entidades que en la República Argentina fomenten el deporte ecuestre y la actividad hípica en todas sus formas, a efectos de coordinar la acción de todas ellas en pro de su difusión y su protección;
c) fomentar el servicio de reproductores de pedigree de alto valor zootécnico y genético
d) organizar, auspiciar o patrocinar, donde lo crea conveniente, exposiciones, concursos, y remates de reproductores de las distintas razas caballares.
e) gestionar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales el tratamiento impositivo, aduanero y regulatorio que afecte o pudiera afectar el desarrollo de la industria equina en todos los niveles y ámbitos; incluyendo exenciones y subsidios. 
f) propiciar la realización de eventos hípicos nacionales e internacionales, organizar y/o participar en congresos o conferencias en las que se traten temas relacionados con la industria equina u otras cuestiones que interesen a sus miembros.
g) coordinar los calendarios de los distintos eventos hípicos deportivos de sus miembros, y de las exposiciones, remates, ferias, muestras y demás actividades programadas de la actividad.
h) cooperar y firmar acuerdos de mutua cooperación con otras organizaciones e instituciones cuyos programas y actividades sean afines a los propósitos de esta cámara
i) elaborar reglamentos y disposiciones que garanticen su implementación;
j) establecer las pautas para el cuidado del bienestar animal
k) interactuar y gestionar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales correspondientes, propuestas para el mejoramiento y aplicación de políticas y programas sanitarios, de modernización y digitalización de registros, políticas de traslados internos y al exterior, documentación para traslados y demás asuntos de interés para la industria hípica; 
l) salvaguardar los intereses de sus miembros; 
m) fomentar las inversiones externas en la industria equina del país;

Tras una breve deliberación los Sres. Directores resuelven por unanimidad: 
(i)    constituir dicha asociación civil, establecer su denominación y objeto social referidos precedentemente por el Sr. Raul Etchebehere
(ii)    Otorgar Poder Especial a favor de Raul Etchebehere, para que actuando en forma conjunta, separada, alternada o indistinta, en nombre y representación de la ACCC suscriban la escritura pública de constitución de la citada asociación civil, fijen su denominación, redacten su estatuto, los tipos de asociados, establezcan su patrimonio inicial, designen a los miembros de la Comisión Directiva y la Comisión Revisora de Cuentas, la fecha de cierre del ejercicio, como así también todo otro acto que fuere necesario para la constitución de la asociación civil. A tales fines se autoriza al señor Jose Luis del Campo a suscribir la respectiva escritura de poder especial al Sr Raul Etchebehere. 
No habiendo más asuntos para tratar se declara levantada la sesión firmando los señores Directores asistentes la presente acta en prueba de conformidad.
 

ACCC