-
-
-
Av. Las Heras 1983 1º CABA, Argentina
Av. Las Heras 1983 1º CABA, Argentina
Cambios en el reglamento de Freno de Oro
Articulo 119- La Comisión del Freno de Oro nombrara el trío de jurados en cada Credenciadora. Si el organizador quisiera invitar un jurado extranjero, deberá comunicarlo a la Comisión del Freno de Oro para coordinarlo. La Comisión es soberana para decidir si autoriza dicha invitación.
Articulo 81- Las pechadas deben ser realizadas siempre con la res en movimiento, en una demostración de coraje, velocidad y superioridad en relación al novillo. En la prueba de Mangueira; el concurrente que peche para el lado contrario al que inicio, recibirá el 50% de penalidad de la nota. El concurrente deberá obligatoriamente pechar para el otro lado recibiendo la misma penalidad en la segunda nota.
El participante que en la segunda pechada repita el lado de su primer pechada obtendrá 0 (cero) en la segunda pechada.