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20 de Ago 2019

Actas y Estatutos

Acta 1496 - 20 de agosto del 2019

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de agosto de 2019, siendo las 14:00 horas, se reúne la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la Asociación Criadores de Caballos Criollos (la “Asociación”) en la sede social, sita en Avenida General Las Heras 1983, Piso 1° de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines de considerar los estados contables correspondiente al Ejercicio Económico regular Nº 96 correspondiente al período comprendido entre el 01 Mayo de 2018 y el 31 de Abril de 2019.

Preside la presente Reunión el señor Presidente, Alejandro Gustavo Aguerre, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de los Estatutos de la Asociación, quien comunica que, atento a que la presente Asamblea cuenta con quórum suficiente para sesionar, se declara abierto el acto, poniendo a consideración de los señores Socios el Orden del Día previsto en la convocatoria.


1.    Designación de dos (2) socios para firmar el Acta de Asamblea (art. 36° del Estatuto).
2.    Designación del Secretario de la Asamblea, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Estatuto Social.
3.    Por vencimiento del mandato, elección de los reemplazantes de los miembros del Consejo Directivo Titulares y Suplentes y de los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas Titulares y Suplentes. Constitución de la junta Escrutadora (Arts. 29 y 44° del Estatuto)
Cuarto Intermedio hasta las 18 hs., en que se cierra el comicio y la posibilidad de votar personalmente (arts. 44 y 45 del Estatuto)
4.    Homenaje a los socios fallecidos durante el Ejercicio 2018/2019.
5.    Proclamación de Socios Vitalicios.
6.    Consideración de Memoria, Balance, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas aprobada por el Consejo Directivo.(art. 29 del Estatuto).
7.    A solicitud de lo requerido por la Inspección General de Justicia mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, ratificación de lo resuelto en las Asambleas Extraordinarias celebradas en fecha 27/08/2001, 28/03/2007 y 21/05/2007.
8.    A solicitud de lo requerido por la Inspección General de Justicia mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, adecuación del Artículo 13 de los Estatutos de la Asociación a la normativa actualmente vigente y, en su caso, reforma del Artículo 13 en tal sentido.
9.    A solicitud de lo requerido por la Inspección General de Justicia mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, adecuación del Artículo 17 de los Estatutos de la Asociación, a la normativa actualmente vigente y, en su caso, reforma del Artículo 17 en tal sentido.
10.    Otorgamiento de las autorizaciones que resulten necesarias a los fines de realizar presentaciones/inscripciones ante la Inspección General de Justicia. 
11.    Informe del resultado del Escrutinio, lectura por parte del Sr. Presidente y proclamación de los candidatos que resultaron electos (Art. 47 del Estatuto).

Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el primer punto del Orden del Día.

1.    Designación de dos socios para firmar el Acta de Asamblea (art. 36° del Estatuto).
Previo a tratar en concreto este punto del orden del Día, se pasa a determinar la cantidad de socios presentes al momento de considerar a su respecto, por lo que se informa en voz alta que se cuenta con la presencia de 56 socios. Dicho ello, se procede con el tratamiento del primer punto del Orden del Día.
Toma la palabra el señor Presidente, quien propone designar a los señores Carlos Ottone y Jose Luis Aguilar Sanz para firmar el acta. Puesta la moción a consideración de los señores Socios la misma es aprobada por unanimidad de los presentes.
Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el segundo punto del Orden del Día

2.    Designación del Secretario de la Asamblea, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Estatuto Social.
Considerando lo normado en el art 33 del Estatuto se abre la posibilidad de ingreso a otros socios criadores que quieran participar de la Asamblea. No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro.
Toma la palabra el señor Presidente, quien propone designar al señor Leandro Decotto como Secretario de la Asamblea. Dicha moción es aprobada por unanimidad de los presentes.
A continuación, se pone a consideración de los señores Socios el tercer punto del Orden del Día.


3.    Por vencimiento del mandato, elección de los reemplazantes de los miembros del Consejo Directivo Titulares y Suplentes y de los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas Titulares y Suplentes. Constitución de la Junta Escrutadora (Arts. 29 y 44º del Estatuto). 
Considerando lo normado en el art 33 del Estatuto se abre la posibilidad de ingreso a otros socios criadores que quieran participar de la Asamblea. No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro. Con motivo de la finalización del mandato de los miembros del Consejo Directivo Titulares y Suplentes y de los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas Titulares y Suplentes, los señores Socios pasan a considerar el desempeño llevado a cabo por los mismos durante el ejercicio en curso. Luego de una breve deliberación y con las debidas abstenciones de votos, se resuelve por unanimidad aprobar la gestión desempeñada por los directivos salientes: el Presidente, A. Gustavo Aguerre; el Vicepresidente, Roberto Ceruti, los Vocales Titulares: M. Mercedes Lalor, Claudio Garziera, Santiago Tapia, Raul Etchebehere y Mariano Oneto; los Vocales Suplentes: Juan Jose Barreneche, Guillermo Manfredini, Martin Badillo; los miembros Titulares de la Comisión Revisora de Cuentas: Diego Malosetti, Hugo De Achaval y Patricio Kehoe; y el miembro Suplente de la Comisión Revisora de Cuentas, Joaquin Gahan.
Resuelto ello, retoma la palabra el señor Presidente quien comunica que en virtud del término del mandato de los miembros antes detallados, corresponde a la Asamblea renovar parcialmente autoridades, designando nuevos miembros que se mantendrán en los cargos hasta que se de tratamiento a los estados contables regulares cerrados al 30 de abril de 2021. Dicho ello, el Sr. Presidente pasa a informar a los presentes que las siguientes dos listas de candidatos fueron presentadas en debido tiempo y forma, conforme establece el Estatuto:


Seguidamente se propone designar a tres socios para que integren la Junta Escrutadora, en los términos del Artículo 44 del Estatuto a los fines de que los mismos lleven a cabo el escrutinio de los votos. Tras una breve deliberación, se resuelve designar a los señores Juan Patricio Vera Ocampo, Lucio Bellocq y Hugo J. de Achaval como miembros de la Junta Escrutadora. 

A partir de este momento se habilita el cuarto oscuro y se da comienzo a la recepción de votos personales. 

Por unanimidad, se resuelve pasar a cuarto intermedio hasta las 18:00 horas a los fines de que los miembros de la Asociación tomen un refresco y la Junta Escrutadora pueda proceder con la recepción de votos.

Siendo las 18:00 horas se renueva la sesión, cerrando el comicio y autorizando a la Junta Escrutadora para que proceda con la introducción en las urnas de aquellos votos recibidos por medio de correspondencia. 

Seguidamente, se pasa a tratar el cuarto punto del Orden del Día: 

4.    Homenaje a los socios fallecidos durante el Ejercicio 2018/2019.
No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro por lo que retoma la palabra el señor Presidente, quien nombra al único socio fallecido durante el último año, señor Joaquín Amadeo Lastra y solicita se rinda homenaje con un minuto de silencio.
Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el quinto punto del Orden del Día.

5.    Proclamación de Socios Vitalicios.
Considerando lo normado en el art 33 del Estatuto se abre la posibilidad de ingreso a otros socios criadores que quieran participar de la Asamblea. No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro. Por ello, retoma la palabra el señor Presidente y hace entrega de las bandejas recordatorias a los socios vitalicios:
•    (1395) – Amadeo Lastra, Felipe Sinforoso (alta 23/05/78)
•    (1406) – Mateucci, Silvia (alta 10/07/78)
•    (1410) – Aguilar Sanz de Madrid, Juan Manuel (alta 24/07/78)
•    (1418) – Oneto Miguens, Leopoldo (alta 24/07/78)
•    (1427) – Vasquez, Néstor José (alta 28/08/78)
•    (1448) – Raffo de Ottone, María E (alta 26/03/79)
Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el sexto punto del Orden del Día.

6.    Consideración de Memoria, Balance, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas aprobada por el Consejo Directivo. (Art. 29 del Estatuto).
Considerando lo normado en el art 33 del Estatuto se abre la posibilidad de ingreso a otros socios criadores que quieran participar de la Asamblea. No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro. Dicho ello, se pasa a exponer el informe correspondiente al ejercicio en consideración. Siendo que los documentos contables fueron puestos a disposición de los socios con la debida antelación, toma la palabra el socio señor Presidente quien mociona para que los mismos se den por leídos y se apruebe la Memoria, el Balance, el Inventario, la Cuenta de Gastos y Recursos y el Informe de la Comisión Revisora de Cuentas tal como fueron presentados por la Comisión Directiva. Puesta la moción a consideración de los señores Socios, la misma es aprobada por unanimidad de los presentes.
A continuación, se pone a consideración de los señores Socios el séptimo punto del Orden del Día.

7.    A solicitud de lo requerido por la Inspección General de Justicia mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, ratificación de lo resuelto en las Asambleas Extraordinarias celebradas en fecha 27/08/2001, 28/03/2007 y 21/05/2007.
Considerando lo normado en el art 33 del Estatuto se abre la posibilidad de ingreso a otros socios criadores que quieran participar de la Asamblea. No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro. Retoma la palabra el señor Presidente quien comunica a los presentes que, de conformidad con lo requerido por la Inspección General de Justicia (“IGJ”) mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, corresponde proceder con la ratificación de los resulto en las Asambleas Extraordinarias celebradas en fecha 27 de agosto de 2001 y 28 de marzo de 2007, siendo esta última oportunamente ratificada según Asamblea Extraordinaria del 21 de mayo de 2007, en las que se acordó, entre otras, ciertas modificaciones estatutarias. Al respecto, el señor Presidente comunica que debido al requerimiento realizado por la IGJ, corresponde ratificar lo actuado en virtud de los nuevos requisitos que fueron incorporados mediante la Resolución IGJ 7/2015, entre otras, y la unificación del Código Civil y Comercial, que entró en vigencia a partir del 1 de agosto de 2015.
Siendo ello así, se somete a consideración la ratificación de los artículos oportunamente reformados en las Asambleas del 27 de agosto de 2001, 28 de marzo de 2007 y 21 de mayo de 2007. Luego de un intercambio de opiniones al respecto, se resuelve aprobar y ratificar la reforma de todos los artículos que fueron modificados según las Asambleas General Extraordinarias del 27 agosto de 2001, del 28 de marzo de 2007 y del 21de mayo de 2007, es decir, se aprueba y ratifica la reforma de los artículos N° 6, 13, 17, 18, 22, 39 y 47 del Estatuto, tal y como fueron oportunamente aprobados en las Asambleas de fecha 27 de agosto de 2001, del 28 de marzo de 2007 y 21 de mayo de 2007. 
Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el octavo punto del Orden del Día.

8.    A solicitud de lo requerido por la Inspección General de Justicia mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, adecuación del Artículo 13 de los Estatutos de la Asociación a la normativa actualmente vigente y, en su caso, reforma del Artículo 13 en tal sentido.
Se deja constancia de que no se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro. A continuación toma nuevamente la palabra el Señor Presidente quien informa a los presentes que la IGJ, a través de la resolución de fecha 25 de junio de 2019, requirió se procediese a la adecuación y reforma de ciertos artículos del Estatuto, entre ellos, el Artículo 13 del Estatuto, el cual debe ser adecuado a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial unificado y demás normativa vigente. 

Al respecto, se aclara que el Artículo 13 hoy vigente establece que “ARTÍCULO 13°: La Asociación será dirigida y administrada por un Consejo Directivo compuesto por doce (12) miembros: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente y diez (10) Vocales Titulares elegidos por dos (2) años en la Asamblea. En la misma oportunidad y por un (1) año se elegirán tres (3) Vocales Suplentes. Los miembros titulares deberán renovarse por mitades anualmente. En caso de renovación total, en la primera reunión que celebre el Consejo Directivo se procederá a un sorteo entre los vocales electos a efectos de determinar entre ellos la mitad de los miembros del total del Consejo Directivo que durará un año en su mandato. Los miembros del Consejo Directivo podrán ser reelectos. El Presidente y Vicepresidente podrán ser reelectos por un solo período consecutivo de dos (2) años y en caso de ser reelectos sólo podrán ser candidatos a esos cargos nuevamente, con intervalo de un (1) período. El Vicepresidente que asume el cargo de Presidente por cualquiera de las causas enumeradas en el Art. 18° durante el segundo mandato seguido del Presidente, en el caso que hubiese ejercido la Vicepresidencia también en el 1er. Período, no podrá presentarse a la próxima elección de Presidente, sino con intervalo de un (1) periodo.” 

Por otro lado, el Código Civil y Comercial actualmente establece en su artículo 171 que “(…) El estatuto debe prever los siguientes cargos y, sin perjuicio de la actuación colegiada en el órgano, definir las funciones de cada uno de ellos: presidente, secretario y tesorero. Los demás miembros de la comisión directiva tienen carácter de vocales. A los efectos de esta Sección, se denomina directivos a todos los miembros titulares de la comisión directiva. En el acto constitutivo se debe designar a los integrantes de la primera comisión directiva.”

En consecuencia, y conforme la resolución de IGJ, se requiere que el Artículo 13 sea nuevamente reformado a los fines de incorporar los cargos que resultan obligatorios según el artículo 171 del Código Civil y Comercial de la Nación. 

Siendo ello así y luego de una breve deliberación al respecto, los Socios resuelven adecuar y reformar el Artículo 13° del Estatuto de forma tal que el mismo quede redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 13°: La Asociación será dirigida y administrada por un Consejo Directivo compuesto por doce (12) miembros: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario, un (1) Tesorero y ocho (8) Vocales Titulares elegidos por dos (2) años en la Asamblea. En la misma oportunidad y por un (1) año se elegirán tres (3) Vocales Suplentes. Los miembros titulares deberán renovarse por mitades anualmente. En caso de renovación total, en la primera reunión que celebre el Consejo Directivo se procederá a un sorteo entre los vocales electos a efectos de determinar entre ellos la mitad de los miembros del total del Consejo Directivo que durará un año en su mandato. Los miembros del Consejo Directivo podrán ser reelectos. El Presidente y Vicepresidente podrán ser reelectos por un solo período consecutivo de dos (2) años y en caso de ser reelectos sólo podrán ser candidatos a esos cargos nuevamente, con intervalo de un (1) período. El Vicepresidente que asume el cargo de Presidente por cualquiera de las causas enumeradas en el Art. 18° durante el segundo mandato seguido del Presidente, en el caso que hubiese ejercido la Vicepresidencia también en el 1er. Período, no podrá presentarse a la próxima elección de Presidente, sino con intervalo de un (1) periodo.”


El señor Presidente también comunica, sólo a efectos del cumplimiento de la resolución de IGJ y del artículo 171 del Código Civil y Comercial, que las funciones determinadas para el Presidente, el Secretario y el Tesorero se encuentran definidas en los artículos N° 25, 26 y 27 de los Estatutos de la Asociación, los cuales ya fueron aprobados por la Inspección General de Justicia e inscriptos en el Registro Público de Comercio a su cargo con fecha 25 de junio de 1976, bajo la Resolución I.G.P.J- N° 2361. 

Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el noveno punto del Orden del Día.

9.    A solicitud de lo requerido por la Inspección General de Justicia mediante resolución de fecha 25 de junio de 2019, adecuación del Artículo 13 de los Estatutos de la Asociación a la normativa actualmente vigente y, en su caso, reforma del Artículo 13 en tal sentido.
Considerando lo normado en el art 33 del Estatuto se abre la posibilidad de ingreso a otros socios criadores que quieran participar de la Asamblea. No se verifica el ingreso de ningún nuevo miembro.
Retoma la palabra el Señor Presidente quien comunica que la resolución de IGJ de fecha 25 de junio de 2019, también requiere la reforma del artículo 17 del Estatuto de la Asociación, el cual a la fecha, establece que: ““ARTÍCULO 17º: Para que sean válidas las resoluciones del Consejo Directivo es indispensable la presencia de siete (7) de sus miembros y el voto favorable de la simple mayoría de los presentes, salvo en los casos especiales para los cuales este Estatuto requiera mayor quórum y número de votos. EI Presidente, como los demás miembros del Consejo Directivo, podrá votar en todos los casos y de producirse un empate su voto será decisivo. Los vocales suplentes, a los que se conferirá un orden de preeminencia, podrán concurrir a las reuniones en las cuales tendrán voz pero no voto, excepto cuando, pasada una hora de la citación, no haya quórum, pues en ese caso reemplazaran a los Vocales Titulares ausentes siguiendo el orden de preeminencia mencionado y siguiendo el orden establecido en la lista hasta alcanzar el quórum requerido. Los miembros titulares que concurran con posterioridad a la aplicación del mecanismo de sustitución, podrán intervenir con voz pero sin voto. La reconsideración de resoluciones del Consejo Directivo, dentro de los doce (12) meses subsiguientes a la modificación, requerirá los dos tercios de votos de los presentes en sesión a la que deberá concurrir igual o mayor número de asistentes de aquella en que se resolvió el asunto a considerarse. EI voto en las reuniones del Consejo Directivo será secreto cuando así lo pidan uno o más miembros presentes.”

Al respecto, se informa que supletoriamente se aplica el actual artículo 272 de la Ley General de Sociedades (Ley 19.550), el cual establece que “Cuando el director tuviere un interés contrario al de la sociedad, deberá hacerlo saber al directorio y a los síndicos y abstenerse de intervenir en la deliberación, so pena de incurrir en la responsabilidad del artículo 59.”


De conformidad con lo requerido por la resolución emitida por la IGJ en fecha 25 de junio de 2019, se debería incorporar al texto actual del artículo 17 la salvedad de que los miembros de la comisión Directiva y órgano de Fiscalización no podrán votar en asuntos relacionados con su gestión, conforme lo establecido supletoriamente por el artículo 272 de la Ley General de Sociedades (Ley 19.550). 

En consecuencia, y luego de una breve deliberación al respecto, los Socios resuelven adecuar y reformar el Artículo 17° del Estatuto de forma tal que el mismo quede redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 17º: Para que sean válidas las resoluciones del Consejo Directivo es indispensable la presencia de siete (7) de sus miembros y el voto favorable de la simple mayoría de los presentes, salvo en los casos especiales para los cuales este Estatuto requiera mayor quórum y número de votos. EI Presidente, como los demás miembros del Consejo Directivo, podrá votar en todos los casos, salvo en lo que respecte a su propia gestión. De producirse un empate el voto del Presidente será decisivo. Los vocales suplentes, a los que se conferirá un orden de preeminencia, podrán concurrir a las reuniones en las cuales tendrán voz pero no voto, excepto cuando, pasada una hora de la citación, no haya quórum, pues en ese caso reemplazaran a los Vocales Titulares ausentes siguiendo el orden de preeminencia mencionado y siguiendo el orden establecido en la lista hasta alcanzar el quórum requerido. Los miembros titulares que concurran con posterioridad a la aplicación del mecanismo de sustitución, podrán intervenir con voz pero sin voto. La reconsideración de resoluciones del Consejo Directivo, dentro de los doce (12) meses subsiguientes a la modificación, requerirá los dos tercios de votos de los presentes en sesión a la que deberá concurrir igual o mayor número de asistentes de aquella en que se resolvió el asunto a considerarse. EI voto en las reuniones del Consejo Directivo será secreto cuando así lo pidan uno o más miembros presentes.”
Seguidamente, se pone a consideración de los señores Socios el décimo punto del Orden del Día.

10.    Otorgamiento de las autorizaciones que resulten necesarias a los fines de realizar presentaciones / inscripciones ante la Inspección General de Justicia.
Sin verificar el ingreso de ningún nuevo miembro, el Presidente informa que, a los fines de avanzar con las presentaciones e inscripciones de las reformas de Estatutos resueltas mediante Asambleas Extraordinarias celebradas en fecha 27/09/2001, 28/03/2007 y 21/05/2007, que fueren ratificados en esta oportunidad y a los fines de presentar e inscribir las reformas aquí planteadas con más lo que resulte de las autoridades que en este acto se designen, resulta necesario otorgar una autorización especial las doctoras María Regina Oneto Gaona, Yanina Kasakoff, Florinda Fernandez, Ileana Perez Brisco, Shirly Bernath Dobry, Francisca Guyot y Victoria Holze para poder realizar el registro de dichas reformas en la Inspección General de Justicia, incluyendo el poder de actuar con las previsiones establecidas en el Artículo 37 de la Resolución General IGJ Nº 07/2015 y realizar cualquier gestión que resulte necesaria a esos fines.

11.    Informe del resultado del Escrutinio, lectura por parte del Sr. Presidente y proclamación de los candidatos que resultaron electos (Art. 47 del Estatuto).
Habiendo recibido el informe escrito por parte de la Junta Escrutadora, se pasa a dar lectura del mismo, dando cuenta de los resultados obtenidos.

VOTOS TOTALES    586
Votos para “Morfologia y Funcion”    271
Votos para “Criollistas por el Cambio”    284
Votos en Blanco    1
Votos Impugnados    30
Por no coincidir firma    13
Por tener deuda    12
Por no figurar en el padrón    4
Por contener otros papeles    1

En consecuencia, considerando la renovación parcial de autoridades y tras la aplicación del artículo 47 de los Estatutos de la Asociación, se deja constancia de que la composición del Consejo Directivo y de la Comisión revisora de Cuentas queda conformada de la siguiente manera:

Presidente:
Raúl Etchebehere

Vicepresidente:
Horacio España

Vocales Titulares:
Patricio Vera Ocampo
Carlos Milicevic
Lucio Bellocq
Francisco Madero
Leandro Decotto
Federico Arguelles
Claudio Garziera
Mario Gramisu
Felipe José Ballester
Martín Badillo

Vocales Suplentes:
Joaquín Tapia
Joaquín Gahan
Eduardo Ventura

Miembros Titulares de la Comisión Revisora de Cuentas:
Santiago Miguens
Alfonso de Laferrere
Jorge Bosio

Miembros Suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas:
Patricio Kehoe


Leído ello, se deja constancia de que las misma es aprobada por unanimidad de votos presentes. Los miembros designados que se encuentran presentes en el acto, aceptan lo cargos para los que fueron designados firmando al pie de la presente y constituyen domicilio especial a todo efecto en Av. Las Heras 1983 1° piso, Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, se resuelve delegar en el Consejo Directivo la distribución de cargos correspondiente.
No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 19:30 horas el señor Presidente da por finalizada la asamblea.

Firmas: Alejando Gustavo Aguerre - Leandro Decotto - Carlos Ottone - Jose Luis Aguilar Sanz - Raúl Etchebehere

Horacio España - Patricio Vera Ocampo - Carlos Milicevic - Lucio Bellocq - Francisco Madero  - Leandro Decotto

Federico Arguelles - Claudio Garziera - Mario Gramisu - Felipe José Ballester - Martín Badillo - Joaquín Tapia

Joaquín Gahan - Eduardo Ventura - Santiago Miguens - Alfonso de Laferrere - Jorge Bosio - Patricio Kehoe
 

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