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01 de Feb 2019

Reglamentos

Reglamento Marcha de Resistencia Internacional FICCC

Objetivo

Art.1 – La Marcha Internacional de Resistencia es una competencia cuyo objetivo mayor es demostrar y difundir la capacidad de resistencia del caballo criollo, dentro de lo que previene el siguiente reglamento.

Art. 2 – La Comisión Internacional de Marcha de Resistencia, creada por la FICCC, delega a la Comisión de Marcha del país sede, la responsabilidad de la organización de la Marcha, que sólo será oficial cumpliendo el presente Reglamento.

Art. 3 – La Comisión de Marcha del país sede formará una Comisión Organizadora que se responsabilizará por la ejecución de la prueba. Esta Comisión formará Sub Comisiones que organizarán el trabajo de la siguiente forma:

1) Sub Comisión de Marcha
                    a. Control de la largada
                    b. Toma de tiempos
                    c. Control en el transcurso
                    d. Pesaje de jinetes en el inicio y final de cada etapa
2) Sub Comisión de Concentración
                    Recepción y asistencia de los animales en la concentración y durante la prueba.
3) Sub Comisión de Alimentación y Alojamiento
4) Sub Comisión de Veterinaria
                    Coordinador Veterinario
5) Sub Comisión de Juzgado

Será escogida por la Comisión Internacional de Marcha.

Art. 4 – Para la realización de la Marcha, cada país tendrá un máximo de 15 inscripciones, pudiendo el país sede completar hasta un número máximo de 45 animales, en caso que las inscripciones de los países visitantes no llegaran al número límite.

Art. 5 – La Sub Comisión Veterinaria será designada por la Comisión Organizadora, en ella recaerá la responsabilidad sanitaria, la salud de los animales concurrentes y el mecanismo de comprobación de utilización de drogas.

Art. 6 – La Comisión Organizadora deberá presentar a FICCC, dentro de 30 días posteriores a la marcha, un informe completo, con resultado, sugerencias y experiencias de la prueba realizada.

Inscripciones

Art. 7 – Serán aceptados solamente animales de raza criolla confirmados y registrados, sin límite de edad.

Art. 8 – La inscripción deberá ser hecha acompañada de la copia del pedrigree o registro emitido por el registro genealógico de cada país. El plazo final para la inscripción será de 90 días antes del inicio de la concentración.

Art. 9 – Los expositores serán responsables exclusivos por los daños que puedan acontecer con los jinetes, animales o terceros, en relación a la participación de sus animales en la Marcha, sea por accidente, robo, cambio, extravío o enfermedades adquiridas durante la participación.

Art. 10 – Los participantes disputarán la Marcha en (3) tres categorías independientes entre sí que serán:
a. Reproductores machos
b. Caballos castrados
c. Yeguas

Art. 11 – Los animales deben ser puestos a disposición de la Comisión Organizadora, 20 días antes de la prueba en el lugar establecido para la concentración, pudiendo los animales llegar hasta (3) tres días antes de la fecha establecida.

Art. 12 – Durante los 20 días que anteceden a la Marcha, los animales no pueden ser montados ni ejercitados. La Comisión Organizadora dispondrá de personal para atender y asistir a los animales hasta que sean liberados por la Comisión. Al final de la concentración serán tusados, bañados, herrados y todo lo que sea necesario.

Art. 13 – Será permitido el uso de herraduras solamente durante el transcurso de la Marcha.

Art. 14 – La Comisión Organizadora, cuyas decisiones serán inapelables, podrá:
                    a. Recusar cualquier animal que tenga enfermedad contagiosa o a criterio de la Comisión Veterinaria sea sospechosa.
                    b. Todos los animales inscriptos deberán presentar los requisitos sanitarios exigidos para el tránsito internacional.

Jinetes

Art. 15 – Los jinetes tendrán que estar vestidos adecuadamente y proceder en forma respetuosa durante la etapa de la Marcha. Los comisarios y la Comisión Veterinaria tendrán condición de descalificar a cualquier participante por actitudes que, mostradas a la Comisión Organizadora, sean de mal comportamiento. La delegación de cada país designará un responsable de delegación (Capitán de equipo) quién será el interlocutor con la Comisión Organizadora.

Art. 16 – El peso mínimo del corredor y su equipamiento será de 90(noventa) Kg. Los mismos deberán presentarse al inicio de cada etapa con los pesos correspondientes y se encargarán de mantener el peso hasta el fin de cada etapa. La Comisión Organizadora efectuará los controles a través de la Comisión de Marcha. Será tolerada una diferencia de tres (3) Kg. Entre el peso de salida y de llegada de cada etapa.

Art. 17 – El cambio de jinete solo será permitido con la consulta previa a la Comisión de Marcha. 

Distancia y tiempos

Art. 18 – El recorrido será de 750 kms. en 15 etapas, distribuidas en 15 días de la siguiente forma:

Art. 19 – Las primeras etapas tendrán un tiempo regulado con un tiempo máximo y un tiempo mínimo, será anotado el tiempo real gastado en cada etapa, comprendido entre los límites previstos, de la misma forma será anotado el tiempo de la etapa libre. Si el competidor cumple la etapa en tiempo menor al establecido, en nada se verá beneficiado. En este caso se considerará el tiempo mínimo establecido para el recorrido. Los tiempos serán computados en horas, minutos y segundos. Los colaboradores de los jinetes podrán avisarles sobre sus colocaciones en tiempos en las etapas. Los tiempos mínimos determinados por el reglamento deberán ser rigurosamente observados, con una tolerancia máxima al final de cada etapa de 10 (diez) minutos de adelantamiento. Una vez no respetados estos tiempos, el participante tendrá por minuto adelantado una penalización con el doble de tiempo reglamentario conquistado.

Art. 20 – La Comisión Organizadora impondrá penalidades que pueden ir desde un aumento de los tiempos hasta la descalificación (de los jinetes o caballos), esto siempre que ocurran actitudes que contraríen el espíritu y finalidad de la marcha. Por ejemplo, serán consideradas como tal:

                    a) corridas innecesarias
                    b) exigencias notadamente superiores al potencial del animal
                    c) Alteración en el desenvolvimiento normal de la marcha, o desobedecer recomendaciones previas que sean hechas.

Art. 21 – Al fin de cada etapa los animales podrán ser duchados hasta media hora después del examen clínico.

Art. 22 – Después de ducharse deberán retornar al piquete o potrero, no pudiendo ser agarrados hasta la próxima etapa, salvo decisión contraria tomada por la Comisión
Organizadora u otra nombrada por ella. Será facultado a suplementarse con fardos por criterio de la Comisión Organizadora de la Marcha.
Causas de descalificación

Art. 23 – Serán causas de descalificación:
                    1) hacerse acompañar durante la marcha por personas extrañas a la misma
                    2) andar desmontado el caballo y ser cabresteado por otro
                    3) recibir durante el transcurso auxilio de terceros, salvo en los casos que la Comisión Organizadora juzgue conveniente.
                    4) dar a los animales drogas, estimulantes, antitérmicos o cualquier tipo de artificio en cualquier cantidad, por minima que sea, salvo en los casos que la Comisión Organizadora lo                             autorice.
                    5) no presentarse a la hora de largada, después de ocurrir una tolerancia de 15 minutos.
                    6) los vendajes o curativos de cualquier tipo, salvo en heridas que sean autorizadas por la comisión veterinaria.
                    7) llegar al final de una etapa con mas de 3 (tres) kilos abajo del peso establecido.
                    8) no efectuar el tiempo establecido para cada etapa, salvo casos que la Comisión Organizadora juzgue que hubo un error involuntario, que más que beneficiar, perjudique al                                       competidor.
                    9) Cualquier acto de omisión de mala fe, que resulte en la obtención de ventajas para sí y desventaja para los otros concurrentes.
                    10) La Comisión Veterinaria se reserva el derecho de tomar medidas para el esclarecimiento de dudas clínicas.
                    11) La demostración del uso de drogas prohibidas.

Art.24 – Los abandonos o retiros voluntarios de la competencia por diversas causas, solo podrán hacerse efectivas con previa autorización de la Comisión Organizadora, asesoramiento y control veterinario. Serán causales de abandono:
                    a) terminar cualquiera de las etapas transcurrido el tiempo máximo establecido para la misma.
                    b) Cuando a juicio de la Comisión Veterinaria el animal no tiene condiciones para continuar la Marcha por riesgos de lesiones graves permanentes.

Clasificación

Art. 25 – Para la clasificación general final, será computado el tiempo gastado total de las etapas, haciéndose también la misma clasificación por categorías, conforme
el artículo 10. Serán considerados clasificados todos los participantes que finalizaron la Marcha dentro del tiempo total máximo establecido en el artículo 18.

Art. 26 – En caso de empate final por tiempo, la Comisión Internacional de Marcha podrá determinar el procedimiento a ser adoptado.

Gastos

Art. 27 – El valor de la inscripción será fijado por el país organizador. Los costos del evento serán por cuenta de la Comisión Organizadora, o serán por cuenta de la FICCC,
antes de la inscripción definitiva.

Premios

Los premios serán:
                    a) Campeón de la Marcha
                    b) Segundo lugar de la Marcha
                    c) Tercer lugar de la Marcha
                    d) Primer lugar categoría reproductor
                    e) Primer lugar categoría yegua
                    f) Primer lugar categoría castrado

Además de los premios ya citados, se otorgará a los demás participantes que concluyan la Marcha en el tiempo reglamentario, un diploma con su orden de clasificación.
Además de los premios de clasificación final de la Marcha, será efectuado un juzgamiento morfológico dando un premio al sello racial en las tres categorías.

Art. 28 – En anexo a este reglamento, constarán fichas y metodologías seguidas del trabajo de las comisiones:
                    1) Veterinaria
                    2) De Marcha

Art. 29 – Mecanismos de comprobación de utilización de drogas (Antidoping)

Se realizará extracción de muestras para control antidoping a los 1º, 2º y 3º puesto de cada Categoría al finalizar la Marcha de acuerdo al protocolo detallado más adelante. De todos modos tanto la Subcomisión de Marcha, en conjunto con el Comisario podrán pedir la cantidad de extracciones que se consideren necesarias para garantizar la cristalinidad de la prueba. Dichas extracciones podrán realizarse tanto al finalizar la prueba como en etapas intermedias. En caso de confirmación de sustancias extrañas no autorizadas en las muestras extraídas, de acuerdo al protocolo establecido se procederá a:
                    a) Descalificar automáticamente al animal involucrado de la prueba y ajustar la Clasificación final correspondiente.
                    b) Al jinete, propietario y/o en su caso expositor y responsable del producto descalificado, la Sub Comisión de juzgamiento les aplicará las sanciones que a su criterio sean                                         procedentes de acuerdo a la responsabilidad que a cada una de las partes le corresponde y participación que hayan tenido en el hecho.

Art. 30 – Los casos omisos del presente reglamento serán resueltos por la Comisión de Marcha de FICCC. Al final de cada Marcha será realizada una reunión de evaluación por la Comisión Internacional conjuntamente con la Comisión del país sede.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL ÁREA DE PREVENCIÓN DEL DOPING

Objetivos del sistema de prevención del doping


El principal objetivo del sistema, es realizar la colecta de material para su análisis y detección de casos de doping, a todos los equinos. Los objetivos secundarios de la prevención
del doping son:
                    · lograr que el total de los equinos inscriptos para correr, no sean sometidos a tratamientos no autorizados, con el fin de modificar su capacidad atlética;
                    · contribuir con el proceso de selección de la Raza, de manera tal que las performances sean producto de su condición genética y del natural proceso de entrenamiento;
                    · disminuir la incidencia de accidentes en carrera por causa de lesiones enmascaradas farmacológicamente;
                    · contribuir con la seguridad de los jinetes;
                    · contribuir con el bienestar de los equinos;
                    · contribuir con la cristalinidad y transparencia de la prueba;
                    · asegurar condiciones de igualdad deportiva para todos los equinos;
                    · extender la vida útil y deportiva de los equinos.

Personal involucrado y responsabilidades en las etapas del control antidoping

El control antidoping cuenta de tres etapas:
                    · Colecta, identificación y preparación de las muestras.
                    · Conservación de las muestras.
                    · Análisis de las muestras.

Dichas etapas y sus tareas se detallan a continuación en este manual de procedimientos. En la etapa de Colecta, Identificación y Preparación (primera etapa) y Conservación de las muestras
(segunda etapa); el personal responsable será un Médico Veterinario. La etapa de Análisis de las muestras (tercera etapa) la realizará el laboratorio contratado a tales efectos, elegido por la S.C.C.C.U.1
.
Etapas y duración del control antidoping

El control antidoping, como se menciona arriba, consta de tres etapas; Colecta, Identificación y Preparación; Conservación de la muestra y Análisis de las mismas. La primera etapa comienza luego de disputada la prueba y finaliza cuando se logre extraer la muestra; siempre y cuando las características del equino o su estado, permitan colectar las muestras. En el caso de que el equino demore en orinar y que por problemas de docilidad no sea posible la colecta de sangre, se esperará el tiempo necesario para que se produzca la micción por medios naturales. La segunda etapa comienza luego de finalizada la colecta de todos los animales y las muestras se conservan hasta que el resultado de las mismas indique que no es necesario efectuar estudios de confirmación de posibles casos positivos de doping. La tercera etapa comienza el primer día hábil posterior a la competencia disputada y termina con los resultados de las primeras muestras. En caso de encontrarse muestras donde se sospecha la presencia de sustancias extrañas, se procederá a la apertura de la segunda muestra y su análisis respectivo a la brevedad.

Tipos de muestras que se obtendrán para el control antidoping

Si bien se podría efectuar los análisis a partir de muestras de orina, sangre, saliva; la obtención será de orina preferentemente y sangre en segundo lugar. En el momento de la colecta
de la muestra podrá estar presente, el dueño del animal o el entrenador del animal o la persona autorizada por los anteriores, por escrito, ante la directiva de la S.C.C.C.U.1 y se le impedirá
cualquier actitud que interfiera con una tarea eficaz a tales efectos.

De la colecta de las muestras

Como se menciona anteriormente se colectará orina preferentemente. En caso de no poder obtener la muestra de orina, luego de transcurrido un tiempo prudencial, se colectará sangre por punción en la vena yugular. Se intentará colectar una muestra de orina sin contaminación de materia orgánica. En aquellos animales hembras y que por su docilidad así lo permitiesen, se podrá proceder al sondaje uretral, luego de transcurrido un tiempo estipulado.

Cuando se colecten muestras de sangre por punción venosa, se procederá previamente a la desinfección de la zona y se utilizará material estéril descartable. En caso de que el animal fuera indócil se esperará a colectar la muestra de orina tanto como este demore en orinar por medios naturales. La persona que esté a cargo del animal deberá cooperar en todo momento en la colecta de la muestra, demostrando empeño en ello. En caso que los animales a los cuales se les deben colectar muestras presentaren lesiones posterior a la carrera que de no ser atendidas impliquen riesgos de vida o de lesiones inhabilitantes, se procederá a colectarles sangre de forma inmediata, para así ser atendidos de acuerdo al caso.

De las claves y la identificación de las muestras

                    Claves:

                    Se confeccionarán las claves de color a ser aplicadas en las muestras, en un número mínimo suficiente para los primeros, segundos y terceros lugares de cada Categoría y las muestras al azar si las hubiere. Las mismas serán claves de color confeccionadas en hojas de papel blanco, de manera tal que permitirá dividir a la misma en dos partes complementarias. Una de las partes de la clave no contará con otro elemento que las líneas o figuras de colores (ciega) y será utilizada para la primera muestra a remitir al laboratorio. La segunda mitad de la clave (contraclave) tendrá las líneas o figuras complementarias de la primera y además los siguientes datos:
                    · Fecha
                    · Lugar de la prueba
                    · Categoría
                    · Nombre del equino
                    · Material extraído
                    · Hora
                    · Nombre y firma del Médico Veterinario actuante
                    · Nombre y firma del Cuidador, Propietario o persona autorizada a tales efectos.

Dicha segunda mitad que identifica la clave de la primera muestra será enviada en un sobre cerrado y lacrado que quedará bajo custodia del Médico Veterinario actuante o de la Comisión Directiva de la S.C.C.C.U.1. La segunda muestra se colocará en un sobre manilla que tendrá los mismos datos que la contraclave a los efectos de poder identificarla:
                    · Fecha
                    · Lugar de Competencia
                    · Categoría
                    · Nombre del equino
                    · Material extraído
                    · Hora
                    · Nombre y firma del Médico Veterinario actuante
                    · Nombre y firma del Cuidador, Propietario o persona autorizada a tales efectos.

                    Muestras:

                    Una vez obtenida la muestra, sea orina o sangre, se repartirá en volúmenes iguales en 2 contenedores limpios y estériles. Se taparán y se le colocará cada contenedor en una bolsa de nylon. Cada uno será puesto en un sobre de papel manilla. Aquel frasco que lleve la clave ciega (sin texto) será la primera muestra y será lacrado (y/o cinta inviolable) sobre la grapa con un sello. El segundo frasco será lacrado sobre la grapa con el sello por el cuidador, propietario o persona autorizada a tales efectos y será la segunda muestra. En su sobre se encontrarán los datos arriba detallados.

De la conservación de las muestras

Las primeras muestras serán colocadas en cajas plásticas y dichas cajas precintadas. Serán mantenidas en refrigerador. Las segundas muestras serán colocadas en cajas y luego
precintadas. Serán mantenidas en cadena de frío. Las cajas con las primeras muestras (refrigeradas), serán llevadas al Laboratorio de Análisis Químico el primer día hábil posterior al
final de la prueba. Para ello se deberá controlar los precintos de las cajas refrigeradas. Las muestras podrán ser trasladadas al Laboratorio de Análisis Químicos por el Médico Veterinario
encargado del control antidoping o la persona que la Comisión Directiva designe a tales efectos. Al final de las tareas quedarán en custodia de quien determine la Comisión Directiva de
la S.C.C.C.U.1:
                    · Un sobre lacrado con las claves
                    · Un sobre lacrado con las actas de los precintos de la caja de primeras y segundas muestras.

De la sospecha de sustancias extrañas en las muestras y su confirmación

El laboratorio informará por escrito y de forma confidencial a la Comisión Directiva de la S.C.C.C.U.1 de tener sospechas de sustancias extrañas en la primera muestra. En tal caso se
procederá a la identificación de la muestra positiva. En presencia de miembros de la Comisión Directiva de la S.C.C.C.U.1 y del Médico Veterinario actuante, se dará lectura del resultado
emitido por el Laboratorio de Análisis Químicos y se identificará la muestra correspondiente, procediendo a la apertura del sobre de claves. Tomado conocimiento de la identidad del equino y del Propietario, la Comisión Directiva notificará como corresponde al mencionado propietario del resultado anormal de la muestra y del lugar, día y hora; en donde se efectuará la apertura y posterior análisis de la segunda muestra.

El análisis de la segunda muestra se efectuará en presencia de un miembro de la Comisión Directiva, el Veterinario actuante y un responsable del equino. Las muestras serán trasladadas al laboratorio, en las cajas contenedoras en las que son conservadas en cadena de frío. En dicho laboratorio, en presencia de la parte interesada y de los funcionarios arriba mencionados, se labrará un acta de dicho procedimiento y sus resultados dejando constancia del estado de los precintos de las cajas contenedoras, de los lacres de la muestra; así como su identificación, datos filiatorios y firmas. Podrán estar presentes además de los anteriormente nombrados, el entrenador y un Químico que lo represente en el momento de ser procesada la segunda muestra.

ACCC