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14 de Ago 2024

Institucional

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA

Estimados Consocios:

En cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 29° y 30°, el Consejo Directivo convoca a todos los Señores Socios a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria a ser celebrada el día 26 de agosto de 2024 a las 16:00 horas, a fin de tratar los puntos del orden del día que seguidamente se transcriben. Se hace saber a los socios que, si transcurrida una hora de la indicada precedentemente no se consigue el quórum necesario (mitad más uno de los socios con derecho a voto), la asamblea podrá funcionar cualquiera sea el número de los socios presentes, conforme establece el Artículo 32 del Estatuto Social.

De conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Estatuto de la Asociación la reunión se llevará a cabo tanto de forma presencial –en la sede social de la Asociación sita en Av. Las Heras 1983, 1° Piso, CABA- como virtual. A tal efecto, se da cuenta que los socios podrán acceder a la asamblea por medio de Zoom; plataforma a la cual podrán ingresar bajo el ID 891 5096 8418

Los socios que deseen participar deberán, hasta 48 horas previas a la reunión, enviar un correo a la dirección socios@caballoscriollos.com a los fines de confirmar su asistencia y solicitar la contraseña de la reunión, indicando su nombre, número de documento y –en caso de persona jurídica- acreditando su personería a los fines de avalar su calidad de socio.

A continuación se detallan los puntos del Orden del día que serán tratados en la Asamblea:

1. Designación del Presidente de la Asamblea, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 34 del Estatuto Social
2. Designación del Secretario de la Asamblea, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Estatuto Social.
3. Designación de dos (2) socios para firmar el Acta de Asamblea, conforme lo establecido en el Artículo 36 del Estatuto.
4. Homenaje a los socios fallecidos durante el Ejercicio 2023/2024.
5. Consideración y, en su caso, aprobación de la Memoria, Balance, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas aprobada por el Consejo Directivo.
6. Proclamación de Socios Vitalicios.
7. Consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 4° del Estatuto de la Asociación a los fines de incorporar dos nuevas categorías de Socios: Socios Jinetes y Socios Jóvenes. En su caso, consideración de la conveniencia de reformar el Artículo 6° a los fines de que el mismo refleje las atribuciones de las nuevas categorías de socios.
8. Consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 11° del Estatuto a los fines de incorporar como sanción aplicable el “apercibimiento”.
9. Consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 12° del Estatuto a los fines de la creación de una Comisión de Disciplina que actuará en los casos de faltas leves o graves. En su caso, consideración acerca de la conveniencia de otorgar el Consejo Directivo autorización para la creación de dicha Comisión de Disciplina y el dictado de su reglamento interno, conforme los términos del Artículo 22° del Estatuto.
10. Consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 13° del Estatuto a los fines de incrementar el número de miembros del Consejo Directivo, incorporando autoridades regionales. Eliminación del esquema de renovación por mitades de los miembros del Consejo Directivo. Determinación de la ocasión en que tendrán lugar las elecciones por un lado, de las autoridades generales y por otro, de las autoridades regionales. Consideración sobre la conveniencia de ampliar el mandato de los vocales suplentes a dos (2) años. Consideración acerca de la conveniencia de restringir la reelección de los miembros titulares del Consejo Directivo a un plazo máximo de tres (3) periodos consecutivos, excepto para el caso del Presidente y Vicepresidente.
11. De aprobarse la reforma del Artículo 13° propuesta, y a los fines de adecuar la renovación de las autoridades a la nueva redacción del referido Artículo 13°, consideración de la extensión extraordinaria y por única vez, del mandato de las autoridades generales cuyo mandato vence al cierre del ejercicio 2025, por un año más, es decir hasta el cierre del ejercicio 2026. Consideración sobre la conveniencia de computar la referida extensión extraordinaria de un (1) año como un segundo mandato a los fines de cualquier futura relección, conforme los términos del Art. 13.
12. En virtud de lo decidido en el punto 10° anterior, consideración sobre la conveniencia de modificar el Artículo 15° a los fines de contemplar las autoridades regionales en tal artículo.
13. En virtud de lo decidido en el punto 10° anterior, consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 17° del Estatuto a los fines de determinar el quórum necesario para sesionar. Determinación de un nuevo mecanismo de sustitución de los miembros titulares del Consejo Directivo ante la falta de quórum para sesionar y a los fines de incorporar a las autoridades regionales y otorgar mayor participación a los vocales suplentes.
14. En su caso, consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 18° respecto a las vacantes que se produzcan en el Consejo Directivo a los fines de adecuarlo al nuevo número de miembros del Consejo Directivo y ante la incorporación de autoridades regionales.
15. Consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 40° a los fines de incorporar el mecanismo para la aprobación de las listas de candidatos regionales.
16. Consideración acerca de la conveniencia de reformar el Artículo 47° del Estatuto a los fines de determinar el sistema de elección de las autoridades regionales.
17. Con motivo de la finalización de su mandato, designación de los reemplazantes de los miembros del Consejo Directivo, titulares y suplente, y de los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas, titular y suplente. En su caso, adecuación del plazo del mandato conforme la nueva redacción del Artículo 13.
18. Otorgamiento de las autorizaciones que resulten necesarias a los fines de realizar las presentaciones/inscripciones ante la Inspección General de Justicia.

Este Consejo queda a disposición para atender las consultas que surjan, a través del siguiente correo electrónico socios@caballoscriollos.com

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